¿Qué es la Visitaduría General de Supervisión Penitenciaria?
La Visitaduría General de Supervisión Penitenciaria es el área especializada de la CODHEM que tendrá competencia específica para supervisar el debido respeto a los derechos humanos en los Centros de Prevención y Readaptación Social del Estado de México, la Escuela de Reintegración Social para Adolescentes, áreas de aseguramiento e internamiento y conocerá de presuntas violaciones a derechos fundamentales de las personas privadas de libertad en territorio estatal, lo anterior con fundamento en el artículo 8 fracción X del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.


¿Cómo se puede presentar una queja por violación a derechos humanos de una persona indígena que no habla español?
Tratándose de personas que no hablen o no entiendan el idioma español, el Organismo debe realizar las gestiones necesarias a efecto de proporcionarles gratuitamente un traductor o intérprete en su representación puede hacerlo por teléfono, mediante un escrito o de manera personal en las oficinas de la CODHEM, lo anterior con fundamento en el artículo 56 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México. Los números telefónicos para la denuncia telefónica son 800 999 4000 o 7222360560, o en la dirección Av. Nicolás San Juan No. 113, Col. Ex Rancho Cuauhtémoc C.P. 50010, Municipio de Toluca, Estado de México.
¿Cómo procede la CODHEM ante la queja de un interno que fue castigado durante quince días en aislamiento por culpa de otro interno y no le permitieron acudir a su visita semanal con su familia, si es un derecho que garantiza la vinculación social del interno?
El aislamiento y la restricción temporales de las horas de visita semanales son medidas disciplinarias, sin embargo, no podrá ser por más de 15 días continuos, lo anterior con fundamento en los artículos 41, fracciones III y VI, y 42 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Para iniciar una queja la CODHEM cuenta con diversos medios, puedes hacerlo a través de la página web https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/htm/ , mediante su aplicación móvil “CODHEM”, a través de los números telefónicos 800 999 4000, 7222360560 o visitando sus oficinas ubicadas Av. Nicolás San Juan No. 113, Col. Ex Rancho Cuauhtémoc C.P. 50010, Municipio de Toluca, Estado de México.

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¿Tiene que cumplir alguna formalidad especial el escrito de queja que se presenta ante la CODHEM?
Toda queja que se dirija a la Comisión, debe contener los datos siguientes:
I. Para la identificación: nombre completo, domicilio y de ser posible el número telefónico o correo electrónico de la persona presuntamente afectada en sus derechos humanos y, en su caso, de quien presente la queja;
II. Descripción de los hechos presuntamente violatorios a derechos humanos;
III. Autoridad o servidor público a quien se le atribuyan los actos u omisiones por presuntas violaciones a derechos humanos, o en su caso, aquellas que presten u ofrezcan servicios al público en términos del artículo 13, fracción II de la Ley, y
IV. Firma o dactilograma del interesado o de la persona que para tales efectos lo auxilie o represente.
Se puede iniciar la queja en la siguiente página: https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/quejas/quejas2.asp
Si a una persona privada de su libertad le piden dinero para tener acceso a los servicios esenciales dentro del reclusorio ¿cómo pude interponer una queja?
Cuando los quejosos o denunciantes se encuentren internados en algún centro de internamiento, detención o de readaptación social del Estado de México, pueden redactar sus quejas dirigidas a la Comisión y remitirlas a través de cualquier persona, puede solicitar la protección de sus datos personales por seguridad del interno.
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