Caravanas Itinerantes por la Justicia Social

Consejería Jurídica

¿En qué casos puede intervenir la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México?


¿Qué se puede hacer si expulsaron a un menor por ser de otra religión y no hacer honores a la bandera?

Toda persona tiene derecho a la educación, y además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. La educación se basa en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos. Coartar éste es una violación a los derechos humanos de un menor, por lo que se debe iniciar una queja en la CODHEM.

¿Si un menor nació en casa con la ayuda de una partera qué se debe hacer?
¿Qué debe especificar la constancia expedida por una partera?

¿Qué hacer si policías municipales golpearon a una persona y lo acusan de un delito que no cometió?

La CODHEM conoce de quejas sobre presuntas violaciones a derechos humanos, por actos u omisiones de naturaleza administrativa de cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal. Se debe iniciar una queja por presuntas violaciones a derechos humanos cometidos en agravio de la persona, cometidas por elementos de seguridad municipal.


Una mujer embarazada acude a un hospital por dolores de parto, al no haber médicos ni equipo, fue trasladada a otro hospital, ahí le informan que el producto del embarazo tragó líquido amniótico y falleció, la mujer se encuentra afectada psicológicamente ¿la CODHEM puede apoyar?

Sí, en la CODHEM se puede iniciar una queja por la presunta negligencia en la atención médica en contra del personal que no la brindó de manera adecuada. Se cuentan con diversos medios para hacerlo: través de la página web https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/htm/, mediante su aplicación móvil “CODHEM”, a través de los números telefónicos 800 999 4000, 7222360560 las 24 horas, los 365 días al año o acudiendo a sus oficinas ubicadas en Av. Nicolás San Juan No. 113, Col. Ex Rancho Cuauhtémoc C.P. 50010, Toluca, México.

También por el delito de violencia obstétrica se puede acudir a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, ahí podrán brindar acompañamiento para iniciar una denuncia ante el Ministerio Público, además de recibir la atención psicológica necesaria. La CEAVEM está ubicada en Paseo de los Cisnes, Colonia la Asunción, número 49, Metepec, Estado de México, número telefónico 722758664 con un horario de atención de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Para más información puede visitar la página web http://ceavem.edomex.gob.mx

¿Cuáles son los pasos a seguir para el registro de un menor nacido en casa?
¿Se puede registrar a un menor en cualquier Oficialía del Registro Civil?

¿Cuáles son los derechos de un migrante sin documentos?

Independientemente del estatus migratorio, los derechos que tienen las personas migrantes son los siguientes: presentar denuncias y quejas, solicitar refugio, recibir atención médica, contar con actas de nacimiento para recién nacidos, transitar libremente, a la seguridad personal y la no discriminación, a la protección especial para menores de 18 años.


Una persona acudió a una agencia del Ministerio Público para realizar la denuncia, fue recibida por una persona que no se identificó y de manera grosera refirió que no le podía atender ¿La CODHEM puede ayudar de alguna manera?

Sí, se puede iniciar una queja ante la Comisión de Derechos Humanos, en el supuesto que no se pueda identificar a las autoridades o servidores públicos que se considere hayan afectado los derechos humanos, la queja será admitida y procederá bajo la condición de que se logre dicha identificación en la investigación posterior a los hechos. 

¿Cómo se lleva a cabo el registro de nacimiento de un menor expósito?