¿Es legal que descuenten el 10% del sueldo cuando se labora desde casa por la emergencia sanitaria?
No es legal que el patrón reduzca el sueldo durante la emergencia sanitaria, toda vez que la relación laboral no se ha terminado; razón por la cual no se actualiza lo previsto en la Ley Federal del Trabajo, respecto a la reducción del salario. Se puede acudir a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para que ellos puedan hacer una cita con el patrón y conciliar este tema, y/o visitar la siguiente página web: https://strabajo.edomex.gob.mx/asesoria_representacion o llamar a los teléfonos: 722 2 76 09 00 y 2760950 al 58, las asesorías son gratuitas.


¿Qué se pude hacer si solicitan la renuncia de los trabajadores con motivo de la emergencia sanitaria?
No se les debe obligar a firmar una renuncia, ya que es ilegal despedir a un trabajador como consecuencia de la emergencia sanitaria, todos los despidos deben estar de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, para más información y estudio del caso se puede acudir a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, o ingresar a https://strabajo.edomex.gob.mx/asesoria_representacion las asesorías son gratuitas.
¿Qué ocurre cuando a los trabajadores no les proporcionan equipo de protección para desempeñar sus funciones durante la emergencia sanitaria?
Es importante que las empresas o negocios que sigan laborando acaten las medidas de protección sanitaria establecidas en el Acuerdo de la Secretaría de Salud, es prioritario que se proporcione el equipo de protección adecuado y necesario para el desempeño de sus labores, lo anterior de acuerdo al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, mismo que establece la obligación de los patrones a proporcionar el equipo de protección, en este caso, por la emergencia sanitaria que se vive a nivel mundial.


¿Qué se puede hacer si una empresa, para evitar quebrar durante la pandemia, no paga a sus empleados las horas extras trabajadas y les redujo el sueldo?
Para el caso que se esté laborando tiempo extra, éste debe ser pagado conforme lo establece la Ley Federal del Trabajo, de igual forma es ilegal que les reduzcan el sueldo, ya que no se actualiza ningún supuesto establecido en la Ley Federal del Trabajo para la reducción del sueldo. De manera voluntaria se puede llegar a un acuerdo con el patrón para que se salvaguarde la fuente laboral y se realice de manera total el pago. Si el patrón hace caso omiso, se puede acudir a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y/o visitar la siguiente página web: https://strabajo.edomex.gob.mx/asesoria_representacion o llamar a los teléfonos: 722 2 76 09 00 y 2760950 al 58, las asesorías son gratuitas.
¿Es responsabilidad del patrón si un trabajador se contagia de COVID-19 por no dejar de trabajar?
Puede ser considerado un riesgo de trabajo y el trabajador tiene derecho a la atención médica, puesto que el patrón tiene la obligación de tener dado de alta a sus empleados ante una Institución de Seguridad Social, la cual deberá extender un certificado de incapacidad y cubrir esa incapacidad. En caso de que no se esté inscrito ante alguna Institución de Seguridad Social, el patrón deberá cubrir los gastos correspondientes en institución privada.
