¿Qué es el delito de despojo?
De acuerdo con el artículo 308 del Código Penal del Estado de México comete el delito de despojo:
I. El que de propia autoridad ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, y
II. El que de propia autoridad ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos que la ley no le permita, por hallarse en poder de otras personas, o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante.
¿De qué se encargan las Unidades de Atención Inmediata y Justicia Restaurativa y la Unidad Especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal?
De implementar las políticas que incentiven la utilización de la justicia restaurativa en la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, al igual que los mecanismos para agilizar el proceso de atención al público y las determinaciones tempranas desde el primer contacto que hagan eficientes los procedimientos para la atención de las denuncias y querellas.
¿Qué beneficios tiene acudir ante la Unidad Especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal cuando existe denuncia por invasión de metros cuadrados de terreno del vecino con una construcción?
I. Que se dé una solución pronta a la denuncia, siempre con la voluntad de las partes y con un acuerdo final que tiene plenos efectos legales.
II. Que se haga la reparación del daño respetando a las partes y procurando la paz social.
III. Desahogar los procedimientos penales no graves.
¿Se tiene que demoler una vivienda si un vecino ha demandado por haber ocupado metros cuadrados de su terreno con una construcción?
Para que no se tenga que demoler parte de la vivienda, se puede acudir a la Unidad de Atención Inmediata y Justicia Restaurativa y/o la Unidad Especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México más cercana al domicilio para poder llegar a un acuerdo benéfico para ambos, para más información se puede ingresar a la página: https://fgjem.edomex.gob.mx/pre-denuncia-en-linea
Si un vecino quitó los postes que delimitaban la propiedad de otro porque le estorbaba para construir su barda invadiendo la propiedad, ¿Qué puede hacer legalmente?
Se está cometiendo un ilícito llamado despojo y se pueden denunciar los hechos ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México más cercano al domicilio, que a través de las Unidades de Atención Inmediata y Justicia Restaurativa reciben las denuncias de delitos considerados no graves y que pueden solucionarse mediante voluntad de las partes para llegar a un acuerdo de reparación de daño; puede llamar al Centro de Atención Telefónica en el 800 7028 770, de igual manera mediante el Sistema de Denuncia Vía Internet (SIDEVIT) en el sitio web pre denuncia en línea en la página de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México: https://fgjem.edomex.gob.mx/pre-denuncia-en-linea o bien se podrá acudir al Centro Estatal de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México a efecto de llegar a una mediación o conciliación benéfica para las partes, para más información se puede ingresar a la página: http://centromediacion.pjedomex.gob.mx/conciliacion/vista/index.php?#