¿Qué es una orden de clausura?
La clausura es una sanción que impone la autoridad administrativa, por determinado incumplimiento y en la cual tendrás que subsanarlo para evitar otro tipo de sanciones, cuya finalidad es impedir el funcionamiento del establecimiento mercantil de manera parcial o total, temporal o permanente.
¿Cuándo es procedente la clausura de un establecimiento?
De acuerdo con el artículo 2.75 del Código Administrativo del Estado de México, procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total, según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento, en los casos siguientes:
I. Cuando los establecimientos carezcan de la correspondiente autorización sanitaria;
II. Cuando el peligro para la salud de las personas se origine por la violación reiterada de los preceptos y de las disposiciones que emanen del Código Administrativo del Estado de México, constituyendo rebeldía a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria;
III. Cuando después de la reapertura de un establecimiento, local, fábrica, construcción o edificio, con motivo de suspensión de trabajos o actividades, o clausura temporal, las actividades que en él se realicen sigan constituyendo un peligro para la salud;
IV. Cuando por la peligrosidad de las actividades que se realicen o por la naturaleza del establecimiento, local, fábrica, construcción o edificio de que se trate, sea necesario proteger la salud de la población;
V. Cuando se compruebe que las actividades que se realizan en un establecimiento violan las disposiciones sanitarias y constituyen un peligro grave para la salud, y
VI. Reincidencia por tercera ocasión.
¿No contar con aviso de funcionamiento es motivo de clausura de un establecimiento?
Sí, el no disponer de una licencia de funcionamiento o no revalidarla, es motivo para clausurar un negocio, así lo prevé el artículo 190 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
¿Se puede interponer algún recurso en contra del acta de clausura de un negocio?
Se puede interponer el Recurso Administrativo de Inconformidad ante la propia autoridad o el juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, de acuerdo con el artículo 186 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Qué pasa si se retira un sello de clausura de un establecimiento?
Si se retira un sello de clausura se puede ser acreedor a sanciones de multas mayores a las establecidas o privación de la libertad, al incurrir en el delito de quebrantamiento de sellos previsto en el artículo 214 del Código Penal del Estado de México