Caravanas Itinerantes por la Justicia Social

Consejería Jurídica

¿Quieres o conoces a alguien que quiere adoptar?, ¡te decimos cómo!


¿Qué es la adopción?

Es el acto jurídico en virtud del cual un adulto toma como propio a un hijo ajeno, con el fin de establecer con él una relación paternofilial con idénticos o análogos vínculos jurídicos que los que resultan de la procreación.

¿Si un menor nació en casa con la ayuda de una partera qué se debe hacer?
¿Qué debe especificar la constancia expedida por una partera?

¿Cuáles son los efectos jurídicos de la adopción?

A través de este acto se confiere el parentesco civil, adquiriéndose la calidad de madre, padre, hija o hijo consanguíneo, con todos los derechos y obligaciones que estos tienen entre sí, lo anterior con fundamento en el artículo 54 de la Ley que Regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México


¿Qué requisitos debe reunir una persona para poder adoptar en el Estado de México?

El interesado deberá ser mayor de 21 años, tener diez años más que el adoptado, contar con los medios para proveer alimentos, que la adopción sea benéfica para la persona que se pretende adoptar y que el adoptante sea persona idónea para adoptar

¿Cuáles son los pasos a seguir para el registro de un menor nacido en casa?
¿Se puede registrar a un menor en cualquier Oficialía del Registro Civil?

¿Los adoptantes pueden conocer los antecedentes de la familia origen del adoptado?

No, ya que quedan resguardados los datos de la familia. A partir del registro del acta se harán las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento original, la cual quedará reservada y no se publicará ni expedirá constancia alguna que revele el origen de la niña, niño o adolescente ni dicha condición, salvo resolución judicial.


¿Qué documentos se necesitan para realizar el trámite de adopción?

La documentación que se debe entregar es:

1. Identificación oficial vigente con fotografía.

2. Copia certificada del acta de nacimiento de los solicitantes, de los hijos y de matrimonio, en su caso.

3. Comprobante de domicilio del o de los solicitantes.

4. En caso de ser extranjero, acreditar su legal estancia en el país.

5. Presentar certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, y

6. Comprobante de ingresos.

¿Cómo se lleva a cabo el registro de nacimiento de un menor expósito?