¿Qué procede si el deudor alimentario no tiene ingresos o salario comprobable?
Cuando no sean comprobables el salario o ingresos del deudor alimentario, el Juez resolverá tomando como referencia la capacidad económica y el nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año, la cantidad correspondiente no podrá ser inferior a una unidad de medida y actualización por cada acreedor alimentario.

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¿Quiénes pueden recibir pensión alimenticia?
Tendrán derecho a recibir pensión alimenticia los hijos menores de edad, hijos mayores de edad que se dediquen al estudio, sin límite de edad para las personas con discapacidad, los adultos mayores, cualquiera de los cónyuges o de los concubinos que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, o se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar, previa acreditación con la documentación idónea expedida por una institución pública de salud.
Una persona de 18 años que no fue reconocida por su padre y quiere seguir estudiando, ¿puede demandar la pensión alimenticia?
Para demandar la pensión alimenticia, es necesario primero demandar el reconocimiento de hijo fuera de matrimonio o que por medio de una sentencia se declare la paternidad, una vez teniendo la filiación, se puede demandar la pensión alimenticia.
El Instituto de la Defensoría Pública puede realizar el patrocinio jurídico gratuito, para más información consultar: http://idp.edomex.gob.mx/
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¿Hay un monto establecido para determinar las pensiones alimenticias?
No hay un monto establecido, el Juez determinará la pensión en proporción a los haberes y posibilidades de los cónyuges, puede ser realizado a través de dos modalidades:
La primera modalidad consiste en establecer una cantidad de pensión alimenticia con base al salario mínimo, ya que se trata de casos en los que no hay forma de comprobar ingresos fijos del deudor alimentario (padre o madre), la cantidad correspondiente no podrá ser inferior a un salario mínimo.
En la segunda modalidad, si el progenitor tiene ingresos fijos y puede comprobarlos, el Juez establecerá un porcentaje del total del sueldo del deudor alimentario, dependiendo la condición en la que se demanden los alimentos. El Juez ordenará se realicen los descuentos correspondientes por la vía que considere más oportuna.
¿Qué procede si una persona da pensión alimenticia a un mayor de edad que es estudiante, pero los avances académicos del acreedor alimentario no son acordes a su edad?
La legislación civil del Estado de México contempla que tienen derecho a recibir alimentos los mayores de edad que se dediquen al estudio, sin especificar que el acreedor alimentario debe justificar que el grado de escolaridad que cursa es adecuado a su edad, sin embargo, el juzgador emitirá su criterio basado en el caso particular.
Se podrá iniciar un juicio de modificación de sentencia, a fin de que el juzgador determine lo que conforme a derecho corresponda.
El Instituto de la Defensoría Pública otorga patrocinio jurídico gratuito, puede obtenerse más información en:
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